Evolución del Derecho al trabajo
A
finales del S. XVIII comenzó en Inglaterra la denominada Revolución Industrial.
En 1980 se promulgó la Ley de los Estatutos de los Trabajadores, en 1995 se
aprobó el Texto Refundido de la Ley de
los Estatutos de los Trabajadores.
Divisiones del Derecho
Clases del Derecho
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Ramas del Derecho
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Derecho público. Sus normas van dirigidas a regular
la actividad del Estado y de los organismos.
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·
Derecho
Internacional público
·
Derecho
político
·
Derecho
administrativo
·
Derecho
penal
·
Derecho
procesal
·
Derecho
financiero
·
Derecho
comunitario (UE)
|
Derecho privado. Regula las relaciones entre
particulares, o con el Estado y los organismos públicos
|
Derecho del trabajo
|
·
Derecho
civil
·
Derecho
mercantil
·
Derecho internacional
privado
|
El trabajo y el Derecho laboral
La
actividad que regula el Derecho al trabajo no es cualquier tarea que puedan
realizar las personas, sino una parte concreta del trabajo.
Dicha
actividad debe tener las siguientes características:
·
Voluntariedad. La persona trabajadora debe ser
libre durante el desarrollo de toda la relación laboral.
·
Por cuenta ajena. Se cede el fruto del trabajo y
se cobra un salario a cambio.
·
Dependencia. El empresario es quien ordena
cuándo, dónde y cómo ha de realizarse el trabajo
·
Retribución. Toda actividad laboral ha de
ser remunerada, lo que excluye la realizada de forma gratuita
Actividades
excluidas del Derecho laboral
Excluye una serie de
actividades del ámbito del Derecho laboral, bien porque carecen de los
requisitos estudiados en él o porque lo establece la ley.
·
El
trabajo desempeñado por los funcionarios
·
Las
prestaciones personales obligatorias
·
Los
trabajos familiares
·
La
actividad de los comisionistas
·
Los
trabajos realizados o títulos de amistad
·
La
actividad de consejero o ser miembro de un órgano de administración de una
sociedad
Relaciones laborales de carácter
especial
Son
retribuidas y se prestan por cuenta ajena, debido a sus características especiales se apartan de las normas comunes del
Derecho del Trabajo y requieren una regulación
especial.
·
Penados
·
Deportistas
profesionales
·
Personal
de alta dirección
·
Artistas
·
Representantes
de comercio
·
Minusválidos
·
Abogados
·
Estibadores
portuarios
La legislación laboral española
Texto Refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores
|
Constituye la
legislación básica por la que se rige el Derecho Laboral español y desarrolla
los principales derechos y derecho laborales contempladas en la Constitución
|
Ley Orgánica de
Libertad sindical
|
Regula el
derecho constitucional a la sindicación, el régimen jurídico sindical, su
representatividad, la acción sindical y la tutela de la libertad sindical
|
Ley de
Prevención de Riesgos Laborales
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Regula las
medidas y las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados
del trabajo
|
Ley de
Infracciones y Sanciones en Orden Social (LISOS)
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Regula las
infracciones y sanciones en materia laboral
|
Texto Refundido
de la Ley General de la Seguridad Social
|
Regula la
estructura, funcionamiento y gestión de la Seguridad Social
|
Texto Refundido
de la Ley de Procedimiento Laboral
|
Contiene las
normas procesales y procedimentales aplicables en el caso de conflictos y
pretensiones que deban resolverse ante los órganos jurisdiccionales del orden
sindical
|
La administración laboral
Tiene
como principales funciones desarrollar la política laboral mediante los órganos
del Ministerio de Trabajo y las consejerías de las comunidades autónomas.
Asimismo,
corresponde a la Administración laboral actuar, con carácter general, sobre las
condiciones y requisitos que en materia preventiva se deben cumplir en todas
las actividades laborales para garantizar la seguridad y salud de los
trabajadores frente a los riesgos derivados del trabajo.
Ministerio de Trabajo
La
intervención del Estado en las relaciones laborales la realiza el Gobierno a
través del Ministerio de Trabajo e Inmigración
El
ministerio es el máximo organismo político y administrativo del Ministerio.
La
intervención normativa del ministro se realiza mediante la elaboración de reales
decretos y órdenes ministeriales
Las Comunidades autónomas
Las
comunidades autónomas pueden dictar disposiciones legales y reglamentarias para
el desarrollo, dentro de su ámbito territorial respetando las bases fijadas
para todo el territorio nacional.
El
Estado tiene las competencias exclusivas en materia laboral y de Seguridad
Social
Inspección de trabajo
Es
un órgano de la Administración del Estado destinado a garantizar el
cumplimiento de la legislación laboral.
La
forma más frecuente de iniciar las actuaciones de este organismo es como
consecuencia de una denuncia o petición escrita de los trabajadores. Las
actuaciones de la Inspección también pueden comenzar de la siguiente manera:
·
Por
iniciativa de la propia Inspección
·
Por
orden superior
·
A
solicitud del empresario
·
A
petición de las entidades gestoras de la Seguridad Social
·
Por
denuncia de cualquiera que conozca alguna infracción en materia laboral
Las
principales funciones de Trabajo son:
·
Adoptar
medidas en materia de Seguridad e higiene
·
Emitir
informes en procesos de clasificación profesional
·
Mediar
en los conflictos colectivos de trabajo
·
Asesorar
a los trabajadores y a los empresarios sobre sus derechos y obligaciones
Los tribunales
laborales
Los
tribunales con jurisdicción específica
en el ámbito sociolaboral están ordenados jerárquicamente de menor a mayor
Juzgado de lo
Social
Tienen
jurisdicción en toda la provincia y la sede en su capital. Son competentes para
conocer los conflictos de trabajos individuales y colectivos, siempre que su
ámbito no supere la provincia.
Sala de lo Social
de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas
Tienen
jurisdicción en el ámbito territorial de sus respectivas Comunidades Autónomas.
Conocen
de los recursos de suplicación contra las resoluciones de los Juzgados de lo
Social, y de los conflictos en materia sindical y colectiva cuyo ámbito exceda
del Juzgado de lo Social, pero no de la Comunidad Autónoma.
Sala de lo Social de la Audiencia
Nacional
Tiene
su sede en Madrid y jurisdicción en toda España. Conoce de los procesos en
materia sindical y colectiva cuando su ámbito excede de una Comunidad Autónoma.
Sala IV de lo Social del Tribunal
Supremo
Tiene
su sede en Madrid y es el órgano superior en todos los órdenes, con
jurisdicción en todo el territorio nacional.
Conoce
de los recursos de casación contra las sentencias de las Salas de lo Social de
los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas, y de las
Salas de lo Social de la Audiencia Nacional.
Las fuentes del Derecho del
trabajo
Las
fuentes del Derecho son el Origen de las normas jurídicas. Estas normas son
múltiples, y pueden ser origen interno
(nacional) o externo (internacional).
Se
puede definir la ley como la norma dictada, con las debidas formalidades, por
la autoridad competente, de carácter común, justa estable y suficientemente
promulgada.
La Constitución
La
Constitución de 1978 es la norma que ocupa una posición suprema en nuestro
ordenamiento jurídico, prevalece sobre el resto de las leyes.
Derechos fundamentales
·
Libertad
para fundar sindicatos
·
Derecho
a la Huelga
·
Derecho
a no ser discriminado por razón de sexo, raza o religión
Derechos y
deberes de los ciudadanos
·
Derecho
al trabajo
·
Derecho
a la promoción del trabajo
·
Derecho
a la elección de profesión u oficio
·
Derecho
a la negociación colectiva
·
Derecho
a un salario adecuado
·
Derecho la libertad de empresa
Principios
rectores de la política económica y social
·
Mantener
un régimen público de Seguridad Social
·
Realizar
políticas orientadas al pleno empleo
·
Velar
por la seguridad e higiene en el trabajo
·
Garantizar
el descanso necesario
·
Fomentar
la formación y readaptación profesional
Las leyes
emanadas de las Cortes Generales
·
Leyes orgánicas. En caso de extraordinario y
urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas
provisionales que tomarán la forma de decretos leyes
·
Leyes ordinarias. Las leyes aprobadas por las
Cortes Generales que no tengan carácter de orgánicas y que se elaboren por el
procedimiento legislativo normal
-
Textos
articulados
-
Textos
refundidos
Los reglamentos
Son
normas jurídicas de rango inferior a la
ley, dictadas por órganos del Estado o del poder público con potestad
reglamentaria
La
potestad reglamentaria corresponde al Gobierno y a cada uno de los miembros que
lo componen
Los convenios
colectivos
Es
una fuente especial del Derecho laboral que
no existe en otros sectores.
El
convenio colectivo se define como un acuerdo escrito, libremente negociado
entre los representantes de los trabajadores y los empresarios, para regular
las condiciones de trabajo y las normas de convivencia laboral en las empresas.
El
derecho a la negociación colectiva está
reconocido en la Constitución
El contrato de
trabajo
Se
manifiesta la voluntad de las partes pero teniendo en cuenta que en ningún
contrato se pueden establecer condiciones menos favorables para la persona
trabajadora o contrarias a lo establecido en las normas jurídicas y en los
convenios colectivos
Usos y costumbres
locales y profesionales
Se
denomina costumbre a la norma de
conducta nacida de la reiterada y constante práctica social y considerada como
obligatoria por la comunidad.
En
el Estatuto de los Trabajadores los usos y costumbres locales y profesionales
están recogidos como fuentes del Derecho del trabajo.
La
característica de local se refiere a
cada localidad, pero no a costumbres comarcales o provinciales, ya que la
costumbre de una localidad no puede ser válidamente alegada en otra.
La
característica de profesional hace
referencia a que debe ser la costumbre utilizada por los trabajadores y
empresarios de una determinada rama de la producción, pero no ha de tratarse de
una costumbre local general
La
costumbre ha de ser alegada y probada ante los tribunales por parte de quien la
invoque, obligado a conocerla.
Fuentes externas
El
Estado español, en su relación con otros países, organismos e instituciones
internacionales, asume una serie de obligaciones.
Como
resultado de estas se incorporarán al Derecho español unas fuentes de origen internacional que se caracterizan por su primicia
sobre el derecho interno.
Los tratados
internacionales
Los
tratados internacionales válidamente celebrados por España pasan a formar parte
del ordenamiento jurídico español una vez aprobados y publicados en el BOE.
La Organización
Internacional del Trabajo
La
Organización Internacional del Trabajo es un organismo especializado de la
Organización de las Naciones Unidas
Su
finalidad es promover acciones internacionales para mejorar las condiciones de
trabajo y nivel de vida de los trabajadores
La
actividad de la Organización Internacional del Trabajo se manifiesta mediante
tres tipos de normas jurídicas: convenios,
recomendaciones y resoluciones.
La Unión Europea
La
Unión Europea es una organización constituida por un grupo de países europeos
democráticos que se han comprometido a trabajar juntos en beneficio de la paz y
la prosperidad.
Sus
Estados miembros han creado instituciones comunes en las que delegan parte de
su soberanía. Esta unión de soberanías también se denomina <<integración
europea>>.
La
Unión Europea tiene entre sus fines principales elevar el nivel de vida de los
trabajadores de los Estados miembros y equiparar las condiciones laborales
imperantes en los distintos países.
Las
fuentes del Derecho de la UE
Reglamentos,
Directivas, Decisiones, recomendaciones y dictámenes
Las
actuaciones en materia laboral de la Unión Europea se enmarcan en la llamada
dimensión social europea, que se asienta en el principio de no discriminación entre los ciudadanos de los países
pertenecientes a la Unión Europea por razón de su nacionalidad.
Libre
circulación
|
Libertad de establecimiento: todos los ciudadanos de la
Unión Europea tienen la posibilidad de desarrollar actividades por cuenta
propia y de crear y de gestionar empresas
De prestación de servicios: los trabajadores
independientes y los artesanos pueden establecerse en cualquier país de la
Unión Europea, con la condición de probar que han ejercido su profesión en
otro Estado miembro durante un periodo de tres años, según el tipo de
actividad
De personas trabajadoras: todo ciudadano de la Unión
Europea tiene derecho a residir y circular libremente en todo el territorio
de los Estados miembros. Existe la posibilidad de trabajar en un país de la
Unión Europea distinto del propio con los mismos derechos laborales y
sindicales y con la misma protección social que los trabajadores del país de
acogida
|
Condiciones de
trabajo armonizadas
|
Han
sido reguladas las siguientes materias: contratos de trabajo escritos,
protección de salud de los trabajadores, protección de trabajar a los menores
de 15 años y a las mujeres embarazadas
|
Reconocimiento
de las cualificaciones profesionales
|
Las
profesiones de obrero y empleado cualificado se pueden ejercer en otro país
cuando sus títulos hayan sido objeto de reconocimiento mutuo. La Comisión
Europea publica periódicamente, por sectores profesionales, tablas de
correspondencia de titulaciones en el (DOCE)
|
Acceso a la
función pública
|
Las
oposiciones a la función pública deben estar abiertas a todos los ciudadanos
de los Estados miembros de la Unión, con excepción de los empleos que
implican el ejercicio del poder público y de la soberanía nacional; policía,
ejército…
|
Formación de
los trabajadores
|
El
Fondo Social Europeo fomenta la formación de los trabajadores, concediendo
también subvenciones salariales a este tipo de desempleados
|
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